El TSJM revoca la prisión permanente a Bárcena y le condena a 20 años por el crimen del rapero Isaac
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la condena a prisión permanente revisable que la Audiencia Provincial dictó para David Bárcena por el asesinato del rapero Isaac López, y le condena a 20 años de cárcel por homicidio agravado al no considerar suficientemente probada la alevosía.
Según ha informado el TSJM, la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal ha estimado parcialmente el recurso formulado por la defensa de Bárcena al descartar, en contra de la opinión del jurado popular que le juzgó, la existencia de alevosía en el crimen, perpetrado el 14 de julio de 2021 en Madrid.
Los magistrados reconocen que el ataque mortal fue desproporcionado pero consideran que se trata de una alevosía imperfecta o menor, por lo que revocan parcialmente la sentencia originaria y condenan a Bárcena como autor de un homicidio agravado con la agravante de abuso de superioridad.
Condena de 20 años y 5 de libertad vigilada
Así, revocan la condena a prisión permanente revisable y le imponen 20 años de cárcel y cinco de libertad vigilada.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid supuso la segunda condena a prisión permanente revisable a un miembro de bandas juveniles dictada en España. Además, David Bárcena, de 20 años, se convirtió en la persona más joven condenada de esta forma.
Pero su letrado recurrió y expuso que se trató de un homicidio porque el jurado popular incurrió en errores al valorar las pruebas: no hubo alevosía porque la víctima llevaba un cuchillo, atacó primero y no fue apuñalada en el suelo.
El ataque fue desproporcionado pero no hubo alevosía
Ahora los jueces estiman parte de este relato y, discrepan en que David Bárcena clavara la navaja a Isaac López cuando estaba indefenso en el suelo.
Tras recordar la definición de alevosía, los magistrados descartan su existencia “en tanto no hubo una conducta agresiva que tendiera objetivamente a la eliminación de la defensa” del fallecido.
Reconocen que el ataque fue desproporcionado y desigual, pero inciden en que “se trata de una alevosía imperfecta o menor” porque no se llegó al grado de indefensión que se exige.
Los magistrados validan el resto de hechos probados, como que Bárcena pertenecía a los DDP y el homicidio se produjo en el marco del enfrentamiento con los Trinitarios, grupo rival.
20 años de cárcel por homicidio agravado
Finalmente la Sala determina que se trata de un homicidio con la agravante de abuso de superioridad, por lo que estiman una pena de 20 años de prisión para respetar el principio de proporcionalidad.